1.- INTRODUCCIÓN
- Concepto
Es el utilizado en textos que regulan la vida social y gestionan el bien común. - Ámbitos de empleo
Se usa en todos los escritos y documentos vinculados a las Administraciones públicas (estatal, autonómica y local), estructuradas en los tres poderes independientes:- Poder legislativo: Parlamento, leyes (Constitución), decretos, órdenes,...
- Poder judicial: Tribunales, sentencias, demandas,...
- Poder ejecutivo: Administración, instancias, oficios,...
- Poder legislativo: Parlamento, leyes (Constitución), decretos, órdenes,...
- Tipos de documentos
1º) Preceptos fundamentales: Constitución, códigos, estatutos de autonomía.
2º) Escritos y disposiciones relacionadas con la administración del Estado:- Disposiciones legales: leyes, decretos, resoluciones, edictos,...
- Escritos de comunicación, Administración-administrados y al revés, oficios, certificados, circulares, instancias, declaraciones,...
- Escritos relacionados con la administración de la justicia, sentencias, demandas, recursos,...
- Libros científicos relacionados con el ordenamiento jurídico.
- Disposiciones legales: leyes, decretos, resoluciones, edictos,...
- Elementos de la comunicación
- Emisor: La autoridad.
- Receptor: El ciudadano, subordinado e ignorante de las leyes y del código lingüístico.
- Mensaje: Busca la objetividad y la precisión. No siempre se consigue.
- Contexto: Marcado por la solemnidad.
- Canal: Escrito.
- Código: Lengua culta con peculiaridades.
- Emisor: La autoridad.
- Función dominante
La representativa o referencial. También en los escritos propiamente jurídicos puede aparecer la apelativa.
2.- CARACTERÍSTICAS DEL CÓDIGO
Características léxico-semánticas
- Conservadurismo
Apego a usos del pasado, escasa renovación y lenta evolución.- Léxico conservador: tecnicismos muy antiguos, muchos de ellos procedentes del latín: delito, pena, delincuente (influencia del Derecho Romano).
- Latinismos y construcciones latinas: sine, die, in situ, de iure, nasciturus, sub iudice,... También aforismos o máximas latinas: in dubio, pro reo, Dura lex, sed lex,...
- Fórmulas fraseológicas y léxicas: responden al caracter formulario y ritual de este tipo de lenguaje. Ejemplos: Gracias que..., Tiene el honor de exponer.., Lo pronuncio, mando y firmo...
- Uso de arcaísmos: débito (deuda), librar (expedir)...
- Estructura rígida de los escritos: Resulta monótona, pero facilita el uso y la búsqueda de datos.
- Léxico conservador: tecnicismos muy antiguos, muchos de ellos procedentes del latín: delito, pena, delincuente (influencia del Derecho Romano).
- Objetividad y precisión
Uso de un léxico denotativo y unívoco que evita las ambigüedades. Abundancia de incisos y aclaraciones. - Utilización de apelativos de función (apelante, litigante, demandante...) y de colocación (el abajo firmante, el infraescrito,...).
- Tratamientos de cortesía y de respeto
- Uso de enumeraciones para recoger toda la casuística y posibilidades diversas de las leyes.
Ejemplos: Casas, pajares, cocheras, albergues, etc...
Características morfosintácticas
- Abundancia de nombres abstractos, debido al carácter generalizados de la ley. Por este mismo motivo también aparece el artículo con valor generalizador.
- Escasez de adjetivos, los más frecuentes, los especificativos.
- Uso del verbo:
- Indicativo: presente atemporal o gnómico, futuro imperfecto (para la expresión de mandato: "no matarás").
- Subjuntivo: muy abundante por haber mucha subordinación. Incluso se usan tiempos en desuso como los futuros imperfecto y perfecto (cantare, hubiere cantado).
- Formas no personales del verbo: empleo abundantísimo en todo tipo de construcciones (perífrasis, construcciones absolutas,...)
- La oración
- Modalidades: dominan las enunciativas. También, en el lenguaje jurídico, las imperativas.
- Escasez de oraciones simples. Mucha subordinación.
- Presencia de oraciones pasivas sin agente, para dar mayor impersonalidad.
- Oraciones impersonales y pasivas reflejas.
- Dos construcciones sintácticas muy frecuentes en este tipo de lenguaje: el predicativo y el suplemento.
- Modalidades: dominan las enunciativas. También, en el lenguaje jurídico, las imperativas.
3.- ALGUNOS ERRORES DEL LENGUAJE ADMINISTRATIVO
La moderna concepción de la Administración como servicio público ha obligado al Estado a reformar su lenguaje para dotarlo de mayor sencillez y claridad. Así, se han publicado observaciones y directrices para combatir los errores más frecuentes, que dificultan la comprensión de los textos. De entre los errores más frecuentes, destacamos:
- Excesiva longitud de las oraciones.
- Puntuación incorrecta.
- Mal empleo del gerundio (de posterioridad; uso en frases nominales: "sobre conteniendo").
- Uso indebido del cuyo (se le despoja de su valor posesivo).
- En general, falta de comunicación: al buscar la concisión, se llega a la prolijidad, y persiguiendo la claridad, se incurre en la oscuridad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario